Silla salvaescaleras para comunidades de vecinos
Sin obras, con el raíl fijado a los peldaños y la escalera practicable para todos. Te lo explicamos sin compromiso.
Comunidades de propietarios
Sí, se puede hacer
La normativa lo pone más fácil de lo que parece: las comunidades de propietarios pueden instalar una silla salvaescaleras en la escalera del edificio para eliminar barreras arquitectónicas. Aquí tienes el proceso, la normativa explicada de forma sencilla y la documentación que necesitarás.
Cada escalera es diferente y cada comunidad también, así que no hay una respuesta única: el primer paso siempre es mirarlo. La visita es gratuita y no te compromete a nada.
Por dónde empiezo
La guía rápida si te sientes perdido
No hace falta que sepas nada de normativas ni de tecnicismos para dar el primer paso. El camino corto es este:
Envíanos un vídeo
Por WhatsApp al 609 314 500, o llámanos. En 24 horas te decimos si es viable y qué implica, sin compromiso.
Llévalo a la junta
Con nuestro presupuesto detallado en la mano, el presidente o el administrador solo tiene que ponerlo en el orden del día.
Del resto técnico nos ocupamos
Medidas e instalación sin obras. La parte técnica la llevamos nosotros.
Cómo lo hacemos
El proceso, paso a paso
Etapa 1
Visita técnica gratuita
Medimos la escalera y valoramos la mejor solución: silla salvaescaleras recta o curva, o plataforma elevadora si hay vecinos en silla de ruedas.
Etapa 2
Presupuesto para la junta
Claro y detallado, pensado para que el presidente o el administrador pueda presentarlo y resolver dudas delante de los vecinos.
Etapa 3
Acuerdo e instalación
Una vez aprobado, fabricamos e instalamos. El proceso completo suele ser inferior a un mes y no requiere obras: el raíl se fija a los peldaños, no a la pared.
Etapa 4
Mantenimiento y postventa
Con técnicos propios en toda Cataluña y respuesta rápida. Somos instaladores directos de fábrica (TK Elevator, AXS, TICEN), sin intermediarios. Consulta el mantenimiento y reparación.
Lo que suele frenar a una junta
La normativa, sin letra pequeña
La ley favorece mucho estas actuaciones. Hay dos ideas que vale la pena tener claras antes de ir a la junta:
No hace falta unanimidad
En la mayoría de casos basta con la mayoría de la junta. No necesitas convencer absolutamente a todo el mundo.
Puede ser obligatorio
Si la obra la pide un propietario con discapacidad o de cierta edad, la comunidad puede estar obligada a hacerla cuando el coste repercutido queda dentro de unos límites razonables.
Cada comunidad es un caso: te lo miramos sin compromiso y sin letra pequeña.
Papeles
La documentación que necesitarás
Menos de la que imaginas. El informe técnico te lo damos nosotros; el resto lo lleva la comunidad.
- Solicitud del vecino o punto en el orden del día de la junta — un escrito sencillo al presidente o al administrador.
- Presupuesto detallado — te lo damos nosotros, listo para presentar en la junta.
- Acta de la junta con el acuerdo aprobado — la redacta el administrador, como siempre.
- Si pedís ayudas públicas — los formularios de la convocatoria y las facturas. Si tienes dudas sobre alguna convocatoria, pregúntanos y te orientamos. Puedes empezar por la guía de ayudas y subvenciones.
Dudas
Lo que suelen preguntarnos
¿Quién paga la silla en una comunidad de vecinos?
¿Silla o plataforma?
¿Molesta a los demás vecinos cuando está plegada?
¿Cuánto se tarda desde que se aprueba?
¿Hay que hacer obras en la escalera?
Ver modelos y precios
El primer paso
Hablemos, sin compromiso
Cada escalera es diferente y cada comunidad también. Envíanos un vídeo de la escalera o llámanos y en 24 horas te decimos si es viable y cómo se hace. Sin compromiso y sin letra pequeña.

